Marc 21

001 490
003 BJ
005 05082024110345
006 $m 05082024110345
020 84-8442-245-3
082 PROC 440
090 1/2 BIJUVA
100 ASENCIO MELLADO, JOSE MARÍA
$q JOSE MARÍA ASENCIO MELLADO
245 DERECHO PROCESAL CIVIL
246 PARTE SEGUNDA
$b Incluye portada
260 Valencia - España : TIRANT LO BLANCH; 2001.
$a Valencia - España
$b TIRANT LO BLANCH
$c 2001
300 302 p. 24 cm..
$a 302 p.
$c 24 cm.
500 Incluye índice
500 $3 2
520 La justificación de la ejecución forzosa es evidente y reside en la necesidad de que en un Estado de derecho las resoluciones judiciales u otras a las que el legislador atribuye la misma virtualidad, no quedan reducidas a mera declaraciones retóricas o abstractas desprovistas de sentido o eficacia. Si el estado como ya se ha dicho en reiteradas ocasiones, prohíbe a los ciudadanos la autotutela como forma de satisfacción de sus derechos, a su vez, articular los instrumentos necesarios para que los mismos sean plenamente satisfechos por la vía procesales adecuada.
521 Cualquier público
546 Español
650 DERECHO PROCESAL CIVIL; EJECUCIÓN FORZOSA; EMBARGO EJECUTIVO; MEDIDAS CAUTELARES
850 Biblioteca Jurídica