Marc 21

001 3440
003 BJ
005 15052025112346
006 $m 15052025112346
020 84-7787-245-7
082 INPU 151
090 1/1 BIJUVA
100 FERNANDEZ SANCHEZ, PABLO ANTONIO
$q PABLO ANTONIO FERNANDEZ SANCHEZ
245 LA OBLIGACION INTERNACIONAL DE COOPERAR EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO
250 1 ed.
$b Incluye portada
260 MADRID-ESPAÑA : MINISTERIO DE JUSTICIA: CENTRO DE PUBLICACIONES; 1992.
$a MADRID-ESPAÑA
$b MINISTERIO DE JUSTICIA: CENTRO DE PUBLICACIONES
$c 1992
300 294 p. 21 cm..
$a 294 p.
$c 21 cm.
500 INCLUYE INDICE Y BIBLIOGRACIA
500 $3 1
504 9-12 pp.
520 El trabajo de Pablo Antonio Fernández Sánchez, titulado "La obligación internacional de cooperar en la lucha contra el terrorismo", ofrece un análisis exhaustivo de las obligaciones jurídicas que los Estados han asumido para combatir el terrorismo a nivel global. El estudio se centra en la evolución de estas obligaciones desde un enfoque consuetudinario, es decir, aquellas normas que, aunque no estén formalmente codificadas en tratados, han sido aceptadas como vinculantes por la práctica generalizada y la convicción de los Estados. Estructura y contenido El análisis se divide en varias secciones clave: Marco normativo internacional: Se examinan los instrumentos jurídicos desarrollados por las Naciones Unidas, como las resoluciones del Consejo de Seguridad (por ejemplo, la Resolución 1373 de 2001) y los convenios sectoriales que abordan aspectos específicos del terrorismo, como la financiación, el secuestro de aeronaves y el uso de armas químicas. Cooperación penal internacional: Se analiza la obligación de los Estados de cooperar en la persecución penal de los actos terroristas, incluyendo la extradición, la asistencia legal mutua y la tipificación de delitos relacionados con el terrorismo en las legislaciones nacionales. Obligaciones consuetudinarias: Se argumenta que, más allá de los compromisos formales, existe una obligación consuetudinaria de cooperar en la lucha contra el terrorismo, basada en la práctica generalizada y la aceptación de los Estados de que el terrorismo representa una amenaza común que requiere una respuesta colectiva. Conclusiones Fernández Sánchez concluye que la cooperación internacional en la lucha contra el terrorismo ha evolucionado hacia una obligación vinculante para los Estados, respaldada tanto por instrumentos jurídicos formales como por la práctica consuetudinaria. Esta obligación implica no solo la adopción de medidas internas para prevenir y sancionar el terrorismo, sino también la colaboración activa con otros Estados y organizaciones internacionales para abordar esta amenaza global de manera efectiva. Este trabajo es una contribución significativa al entendimiento del marco jurídico internacional en materia de lucha contra el terrorismo, destacando la importancia de la cooperación entre Estados como un pilar fundamental en la seguridad internacional.
521 Cualquier público
546 Español
650 NACIONES UNIDAS; ONU; DERECHOS HUMANOS; ORGANISMOS INTERNACIONALES; UNESCO; SOBERANIA; TRATADOS INTERNACIONALES
700 PABLO ANTONIO FERNANDEZ SANCHEZ
850 Biblioteca Jurídica