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En resumen, la Constitución de 1812 estableció los siguientes principios fundamentales:
Soberanía Nacional: La soberanía reside esencialmente en la Nación, marcando una ruptura con la monarquía absoluta.
División de Poderes: Se estableció la separación de poderes en legislativo (Cortes con el Rey), ejecutivo (Rey) y judicial (tribunales).
Monarquía Constitucional: Se definía la forma de gobierno como una monarquía moderada hereditaria, donde el poder del monarca estaba limitado por la Constitución.
Representación Nacional: Las Cortes, unicamerales, representaban a la Nación, incluyendo a los territorios americanos.
Derechos y Libertades: Se reconocieron derechos individuales como la libertad civil, la propiedad y otros derechos legítimos. También se estableció la igualdad ante la ley.
Religión Católica: Se declaró la religión católica, apostólica y romana como la única verdadera de la Nación, prohibiéndose el ejercicio de cualquier otra.
Nación Española: Se definió la Nación española como la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.
Contribución Fiscal: Se estableció la obligación de todos los españoles, sin distinción, de contribuir a los gastos del Estado en proporción a sus haberes.
La Constitución de 1812, a pesar de su vigencia intermitente y relativamente corta, sentó un precedente fundamental para el constitucionalismo español e influyó en las posteriores constituciones tanto en España como en los nuevos estados americanos que surgieron tras los procesos de independencia. |