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Resumen: "Los derechos fundamentales en la teoría jurídica" – Gregorio Robles
En esta obra, Gregorio Robles ofrece una reflexión profunda sobre el papel de los derechos fundamentales dentro del sistema jurídico, abordando su naturaleza, función y fundamentación desde una perspectiva teórica y filosófica del derecho.
Ideas principales:
Concepto de derechos fundamentales
Los derechos fundamentales son entendidos como normas jurídicas con valor superior dentro del ordenamiento, y no solo como principios éticos o morales.
Tienen una doble dimensión: subjetiva (como derechos individuales) y objetiva (como principios estructurales del sistema jurídico).
Fundamentación jurídica y filosófica
Robles se distancia de visiones meramente positivistas y busca una fundamentación racional de los derechos fundamentales.
Propone que estos derechos tienen un contenido que puede ser racionalmente argumentado, más allá de la mera voluntad del legislador o de la tradición.
Relación con el sistema normativo
Los derechos fundamentales estructuran y limitan la actuación de todos los poderes públicos.
Funcionan como criterios de validez del resto de las normas jurídicas: cualquier norma que los contradiga, debe considerarse inválida.
Jerarquía y función constitucional
Son normas constitucionales, es decir, se ubican en la cúspide del ordenamiento jurídico.
No solo protegen a los individuos, sino que orientan la organización y funcionamiento del Estado.
Universalidad y racionalidad
Robles defiende que los derechos fundamentales tienen un carácter universal, aunque su reconocimiento concreto varíe históricamente.
La clave está en su racionalidad argumentativa: pueden ser justificados y defendidos en cualquier contexto mediante el uso de la razón.
Conclusión:
Para Gregorio Robles, los derechos fundamentales no son meras declaraciones políticas ni simples concesiones del Estado: son normas jurídicas superiores, esenciales para la legitimidad del ordenamiento jurídico. Su teoría busca articular una fundamentación racional, jurídica y universal de estos derechos, situándolos como el núcleo del Derecho moderno y como garantía indispensable de la dignidad humana.
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