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INTRODUCCIÓN.
ABREVIATURAS Y SIGLAS.
CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES APLICABLES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
TÍTULO PRIMERO.
CAPÍTULO I. DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES [ARTS. 1O., 2O., 5O., 9O., 11, 12,
27].
CAPÍTULO II. DE LOS MEXICANOS [ARTS. 30, 32].
CAPÍTULO III. DE LOS EXTRANJEROS [ART. 33].
CAPÍTULO IV. DE LOS CIUDADANOS MEXICANOS [ART. 37].
TÍTULO QUINTO. DE LOS ESTADOS DE LA FEDERACIÓN Y DEL DISTRITO FEDERAL
[ART. 121].
TÍTULO SÉPTIMO. PREVENCIONES GENERALES.
CAPÍTULO V. DEL EJERCICIO DE CULTOS [ART. 130].
TRANSITORIO [DO 28 ENE. 1992].
TRANSITORIOS [DO 20 MAR. 1997].
DECRETO POR EL QUE SE DECLARA REFORMADO EL ART. 3O. TRANSITORIO, DEL
DECRETO POR EL QUE SE REFORMARON LOS ARTS. 30, 32 Y 37 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PUBLICADO EL
20 DE MARZO DE 1997. [DO 26 FEB. 1999].
TRANSITORIO.
ACUERDO GENERAL QUE DETERMINA LOS SUPUESTOS QUE PERMITEN A LOS
EXTRANJEROS ÚNICAMENTE PRESENTAR ANTE LA SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES UN ESCRITO EN EL QUE CONVENGAN LO DISPUESTO POR EL FRAC. I
DEL ART. 27 CONSTITUCIONAL PARA ADQUIRIR BIENES INMUEBLES FUERA DE LA
ZONA RESTRINGIDA. [DO 2 MAR. 1998].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 2. DISPOSICIONES RELATIVAS AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES EN
EL DISTRITO FEDERAL [DO 22 DIC. 1993].
ARTÍCULO 5O. [ARTS. 15-17, 25].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 3. LEY DE NACIONALIDAD [DO 23 ENE. 1998].
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 1O.-11].
CAPÍTULO II. DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO [ARTS. 12-18].
CAPÍTULO III. DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR NATURALIZACIÓN [ARTS. 19
26].
CAPÍTULO IV. DE LA PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR
NATURALIZACIÓN [ARTS. 27-32].
CAPÍTULO V. DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS [ARTS. 33
37].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 4. DISPOSICIONES APLICABLES DE LA LEY DE NAVEGACIÓN EN
MATERIA DE NACIONALIDAD [DO 4 ENE. 1993].
TÍTULO SEGUNDO. DE LA MARINA MERCANTE.
CAPÍTULO I. ABANDERAMIENTO Y MATRÍCULA DE EMBARCACIONES [ARTS. 9O.
13].
CAPÍTULO II. REGISTRO PÚBLICO MARÍTIMO NACIONAL [ARTS. 14-15].
CAPÍTULO III. EMPRESAS NAVIERAS [ARTS. 16-18, 20, 21].
CAPÍTULO V. TRIPULACIÓN [ARTS. 22, 24, 25, 27].
CAPÍTULO VI. EDUCACIÓN MARÍTIMA MERCANTE. [ARTS. 28-29].
TÍTULO TERCERO. DE LA NAVEGACIÓN.
CAPÍTULO L. RÉGIMEN DE NAVEGACIÓN [ARTS. 30, 31, 34].
CAPÍTULO II. ARRIBO Y DESPACHO DE EMBARCACIONES [ARTS. 44-45].
CAPÍTULO III. PILOTAJE [ART. 50].
TÍTULO CUARTO. DE LA PROPIEDAD DE LAS EMBARCACIONES.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ART. 67].
CAPÍTULO IV. AMARRE, ABANDONO Y DESGUACE DE EMBARCACIONES [ART.
78].
TÍTULO QUINTO. DE LOS CONTRATOS DE EXPLOTACIÓN DE EMBARCACIONES.
CAPÍTULO II. CONTRATO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR AGUA [ARTS. 100
101].
TÍTULO SEXTO. DE LOS RIESGOS Y ACCIDENTES DE LA NAVEGACIÓN.
CAPÍTULO VII. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES MARÍTIMOS [ARTS. 133, 139
140].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 5. REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 47 Y 48 DE LA LEY DE
NACIONALIDAD Y NATURALIZACIÓN [DO 6 SEP. 1940] [ARTS. 1O.-11].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 6. REGLAMENTO PARA LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE
NACIONALIDAD MEXICANA [DO 18 OCT. 1972].
DE LOS CERTIFICADOS DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO [ARTS.
1O.-7O.].
DE LOS CERTIFICADOS DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NATURALIZACIÓN [ARTS.
8O.-11].
DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 12-14].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 7. LEY GENERAL DE POBLACIÓN [DO 7 ENE. 1974].
CAPÍTULO I. OBJETO Y ATRIBUCIONES [ARTS. 1O.-6O.].
CAPÍTULO II. MIGRACIÓN [ARTS. 7O.-31].
CAPÍTULO III. INMIGRACIÓN [ARTS. 32-75].
CAPÍTULO IV. EMIGRACIÓN [ARTS. 76-80].
CAPÍTULO V. REPATRIACIÓN [ARTS. 81-84].
CAPÍTULO VI. REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN [ARTS. 85-96].
CAPÍTULO VII. REGISTRO NACIONAL DE CIUDADANOS Y CÉDULA DE IDENTIDAD
CIUDADANA [ARTS. 97-112].
CAPÍTULO VIII. SANCIONES [ARTS. 113-143].
CAPÍTULO IX. DEL PROCEDIMIENTO MIGRATORIO [ARTS. 145-150].
CAPÍTULO X. DEL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN Y VIGILANCIA [ARTS. 151
157].
TRANSITORIOS [DO 7 ENE. 1974].
TRANSITORIOS [DO 17 JUL. 1990].
TRANSITORIOS [DO 22 JUL. 1992].
TRANSITORIOS (DO 8 NOV. 1996].
CAPÍTULO 8. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN [DO 31 AGO.
1992].
CAPÍTULO I. OBJETO [ARTS. 1O.-4O.].
CAPÍTULO II. POLÍTICA DE POBLACIÓN.
SECCIÓN I. PLANEACIÓN DEMOGRÁFICA [ARTS. 5O.-13].
SECCIÓN II. PLANIFICACIÓN FAMILIAR [ARTS. 14-24].
SECCIÓN III. FAMILIA, MUJER Y GRUPOS MARGINADOS [ARTS. 25-27].
SECCIÓN IV. DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN [ARTS. 28-30].
CAPÍTULO III. CONSEJO NACIONAL DE POBLACIÓN [ARTS. 31-37].
CAPÍTULO IV. SERVICIOS MIGRATORIOS [ARTS. 38-47].
CAPÍTULO V. MOVIMIENTO MIGRATORIO [ARTS. 48-64].
CAPÍTULO VI. TRANSPORTES [ARTS. 65-81].
CAPÍTULO VII. NO INMIGRANTES [ARTS. 82-94].
CAPÍTULO VIII. INMIGRANTES E INMIGRADOS [ARTS. 95-114].
CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES COMUNES [ARTS. 115-121].
CAPÍTULO X. ACTOS Y CONTRATOS [ARTS. 122-133].
CAPÍTULO XI. EMIGRACIÓN [ARTS. 134-136].
CAPÍTULO XII. REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN [ARTS. 137-139].
CAPÍTULO XIII. INSPECCIÓN Y VIGILANCIA [ARTS. 140-147].
CAPÍTULO XIV. SANCIONES [ARTS. 148-154].
CAPÍTULO XV. RECURSO DE REVISIÓN [ARTS. 155-163].
CAPÍTULO XVI. DISTRIBUCIÓN DE FONDOS DE ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS
[ARTS. 164-173].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 9. ACUERDO PARA LA ADOPCIÓN Y USO POR LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL DE LA CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN [DO 23
OCT. 1996]. [ARTS. 1O.-15].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 10. ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROGRAMA
PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE CIUDADANOS Y LA
EXPEDICIÓN DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD CIUDADANA [DO 30 JUN. 1997].
[ARTS. 1O.-3O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 11. ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES PARA
AUTORIZAR TRÁMITES MIGRATORIOS Y EJERCER DIVERSAS ATRIBUCIONES
PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN Y SU REGLAMENTO EN FAVOR DE
LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE SE INDICAN [DO 1 NOV. 1994]. [ARTS. 1O.
9O.].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 12. DECRETO POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE
MIGRACIÓN COMO ÓRGANO TÉCNICO DESCONCENTRADO DEPENDIENTE DE LA
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN [DO 19 OCT. 1993]. [ARTS. 1O.-16].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 13. ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN FAVOR DE LOS DELEGADOS
Y SUBDELEGADOS REGIONALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN LA
FACULTAD DE FORMULAR QUERELLAS EN LOS CASOS DE LOS DELITOS PREVISTOS EN
LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN [DO 17 MAR. 1994]. [ARTS. 1O.-2O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 14. ACUERDO QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE DARLE
INTERVENCIÓN A LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS ANTE EL
ARRIBO MASIVO DE INDOCUMENTADOS A TERRITORIO NACIONAL [DO 3 FEB.
1994]. [ARTÍCULO ÚNICO].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 15. REGLAMENTO DE PASAPORTES [DO 9 JUL. 1990].
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 1O.-6O.].
TÍTULO SEGUNDO. DE LOS PASAPORTES ORDINARIOS.
CAPÍTULO I. [ARTS. 7O.-12].
CAPÍTULO II. PASAPORTE A MENORES DE EDAD E INCAPACITADOS [ARTS. 13
17].
CAPÍTULO III. DEL PASAPORTE DIPLOMÁTICO [ARTS. 18-22].
CAPÍTULO IV. DEL PASAPORTE OFICIAL [ARTS. 23-27].
TÍTULO TERCERO. DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y VIAJE [ARTS. 28-32].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 16. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CONTENIDO Y FORMATO
DE LOS PASAPORTES Y EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y VIAJE [DO 12 JUL.
1990] [ARTS. 1O.-4O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 17. ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES ESTABLECE ÓRGANOS DESCONCENTRADOS EN TERRITORIO NACIONAL
DENOMINADOS DELEGACIONES [DO 31 JUL. 1991]. [ARTS. 1O.-8O.].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 18. ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA OPERACIÓN DE OFICINAS
ESTATALES Y MUNICIPALES DE ENLACE CON LA SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES PARA LA RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Y ENTREGA DE PASAPORTES
ORDINARIOS, ASÍ COMO DE OTROS SERVICIOS QUE PRESTA DICHA DEPENDENCIA
[DO 12 SEP. 1996]. [ARTS. 1O.-11].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 19. REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DE OFICINAS ESTATALES Y
MUNICIPALES DE ENLACE CON LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES [DO
12 SEP. 1996].
CAPÍTULO I. DE SU NATURALEZA [ARTS. 1O.-2O.].
CAPÍTULO II. DE LOS REQUISITOS PARA SU ESTABLECIMIENTO [ARTS. 3O.-7O.].
CAPÍTULO III. DE LAS FUNCIONES [ART. 8O.].
CAPÍTULO IV. DE LA AUTORIZACIÓN Y OPERACIÓN [ARTS. 9O.-11].
CAPÍTULO V. DE LA SEÑALIZACIÓN [ART. 12].
CAPÍTULO VI. DEL CONTROL Y SUPERVISIÓN [ARTS. 13-16].
TRANSITORIOS.
ACUERDO NÚM. A/06/98 DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, POR
EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO NÚMERO A/04/96, POR EL QUE SE DELEGAN
FACULTADES A LOS TITULARES DE LAS AGREGADURÍAS DE ESTA INSTITUCIÓN EN EL
EXTRANJERO, PUBLICADO EL 27 DE MAYO DE 1996. [DO 31 MAR. 1998].
TRANSITORIO.
ACUERDO GENERAL QUE DETERMINA LOS SUPUESTOS QUE PERMITEN A LOS
EXTRANJEROS ÚNICAMENTE PRESENTAR ANTE LA SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES UN ESCRITO EN EL QUE CONVENGAN LO DISPUESTO POR LA FRAC. I
DEL ART. 27 CONSTITUCIONAL CON EL OBJETO DE OBTENER CONCESIONES PARA
LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MINAS Y AGUAS EN EL TERRITORIO NACIONAL
[DO 11 MAY. 1998].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 20. REGLAMENTO DE TRÁNSITO DEL DISTRITO FEDERAL [DO 9 AGO.
1989].
CAPÍTULO V. DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR [ART. 54].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 21. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS PARA
LIMITAR LA CIRCULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN EL DISTRITO
FEDERAL, INCLUYENDO A LOS QUE TENGAN PLACAS DE OTRAS ENTIDADES
FEDERATIVAS O DEL EXTRANJERO, PARA PREVENIR Y CONTROLAR CONTINGENCIAS
AMBIENTALES O EMERGENCIAS ECOLÓGICAS EN ESTA ENTIDAD FEDERATIVA
[DO 3 DIC. 1991]. [ARTS. 1O.-7O.].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 22. BASES DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE SERVICIOS A LOS
TURISTAS Y USUARIOS EN GENERAL DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA
CIUDAD DE MÉXICO [DO 17 JUN. 1996].
CAPÍTULO 23. ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA EL NÚMERO, UBICACIÓN,
CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL Y FUNCIONES DE LAS REPRESENTACIONES DE
TURISMO EN EL EXTRANJERO [DO 22 JUL. 1996]. [ARTS. 1O.-3O.].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 24. LEY DE PROTECCIÓN AL COMERCIO Y LA INVERSIÓN DE NORMAS
EXTRANJERAS QUE CONTRAVENGAN EL DERECHO INTERNACIONAL [DO 23 OCT.
1996]. [ARTS. 1O.-9O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 25. CIRCULAR POR LA QUE SE INSTRUYE A LOS AGENTES DEL
MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL Y POLICÍA JUDICIAL FEDERAL EN GENERAL, SOBRE
LAS COMUNICACIONES QUE DEBERÁN REALIZAR AL QUEDAR A SU DISPOSICIÓN
ALGÚN EXTRANJERO [DO 5 MAR. 1990]. [ARTS. 1O.-2O.].
CAPÍTULO 26. CIRCULAR DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, POR LA
QUE SE INSTRUYE A LOS AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL EN
RELACIÓN AL TRATO QUE DEBEN BRINDAR A LOS VISITANTES NACIONALES QUE
RADIQUEN FUERA DEL PAÍS O EXTRANJEROS QUE SE INVOLUCREN EN ALGUNA
AVERIGUACIÓN PREVIA [DO 2 OCT. 1991]. [ARTS. 1O.-9O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 27. ACUERDO NÚMERO A/006/96 DEL PROCURADOR GENERAL DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS FORMATOS
E INSTRUCCIONES PARA SIMPLIFICAR EL TRÁMITE DE INICIO DE AVERIGUACIONES
PREVIAS POR HECHOS PROBABLEMENTE CONSTITUTIVOS DE DELITOS DE ROBO
RELACIONADOS CON NEGOCIOS, PRESTADORES DE SERVICIOS, A TURISTAS O A
TRANSPORTE [DO 26 SEP. 1996]. [ARTS. 1O.-7O.].
TRANSITORIOS.
ACUERDO RELATIVO A LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS EN FRANQUICIA
DIPLOMÁTICA [DO 30 JUN. 1998].
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO ÚNICO [ARTS. 1O.-7O.].
TÍTULO SEGUNDO. MISIONES DIPLOMÁTICAS, CONSULARES, OFICINAS DE
ORGANISMOS INTERNACIONALES Y SU PERSONAL EXTRANJERO.
CAPÍTULO I. IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS EN FRANQUICIA DIPLOMÁTICA [ARTS.
8O.-31].
DECRETO PROMULGATORIO DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL
GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA FRANCESA RELATIVO A LA READMISIÓN DE PERSONAS. [DO 27 AGO.
1998].
ANEXO DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA RELATIVO A
LA READMISIÓN DE PERSONAS. [DO 27 AGO. 1998].
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES AL ADMINISTRADOR CENTRAL
DE AUDITORÍA FISCAL INTERNACIONAL. [DO 4 SEP. 1998].
TRANSITORIO.
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS FORMATOS QUE DEBERÁN
UTILIZARSE PARA LA PRESENTACIÓN DEL ESCRITO A QUE HACEN REFERENCIA LOS
ACUERDOS GENERALES EXPEDIDOS POR LA SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES LOS DÍAS 10 DE FEBRERO Y 24 DE ABRIL DE 1998, PUBLICADO EL 2
DE MARZO Y 11 DE MAYO DE 1998, RESPECTIVAMENTE. [DO 22 SEP. 1998].
TRANSITORIO.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA OPERACIÓN DE NUEVAS OFICINAS
ESTATALES Y MUNICIPALES DE ENLACE CON LA SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES PARA LA RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Y ENTREGA DE PASAPORTES
ORDINARIOS, ASÍ COMO DE OTROS SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN ESTA
DEPENDENCIA [DO 13 OCT. 1998].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 28. ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL
PARA LA PROTECCIÓN, VIGILANCIA Y SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS DE
PROPIEDAD INTELECTUAL [DO 4 OCT. 1993]. [ARTS. 1O.-10].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 29. LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR [DO 24 DIC. 1997].
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 1O.-10].
TÍTULO SEGUNDO. DEL DERECHO DE AUTOR.
CAPÍTULO I. REGLAS GENERALES [ARTS. 11-17].
CAPÍTULO II. DE LOS DERECHOS MORALES [ARTS. 18-23].
CAPÍTULO III. DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES [ARTS. 24-29].
TÍTULO TERCERO. DE LA TRANSMISIÓN DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 30-41].
CAPÍTULO II. DEL CONTRATO DE EDICIÓN DE OBRA LITERARIA [ARTS. 42-57].
CAPÍTULO III. DEL CONTRATO DE EDICIÓN DE OBRA MUSICAL [ARTS. 58-60].
CAPÍTULO IV. DEL CONTRATO DE REPRESENTACIÓN ESCÉNICA [ARTS. 61-65].
CAPÍTULO V. DEL CONTRATO DE RADIODIFUSIÓN [ARTS. 66-67].
CAPÍTULO VI. DEL CONTRATO DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL [ARTS. 68-72].
CAPÍTULO VII. DE LOS CONTRATOS PUBLICITARIOS [ARTS. 73-76].
TÍTULO CUARTO. DE LA PROTECCIÓN AL DERECHO DE AUTOR.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 77-84].
CAPÍTULO II. DE LAS OBRAS FOTOGRÁFICAS, PLÁSTICAS Y GRÁFICAS [ARTS. 85-93].
CAPÍTULO III. DE LA OBRA CINEMATOGRÁFICA Y AUDIOVISUAL [ARTS. 94-100].
CAPÍTULO IV. DE LOS PROGRAMAS DE COMPUTACIÓN Y LAS BASES DE DATOS
[ARTS. 101-114].
TÍTULO QUINTO. DE LOS DERECHOS CONEXOS.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ART. 115].
CAPÍTULO II. DE LOS ARTISTAS INTÉRPRETES O EJECUTANTES [ARTS. 116-122].
CAPÍTULO III. DE LOS EDITORES DE LIBROS [ARTS. 123-128].
CAPÍTULO IV. DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS [ARTS. 129-134].
CAPÍTULO V. DE LOS PRODUCTORES DE VIDEOGRAMAS [ARTS. 135-138].
CAPÍTULO VI. DE LOS ORGANISMOS DE RADIODIFUSIÓN [ARTS. 139-146].
TÍTULO SEXTO. DE LAS LIMITACIONES DEL DERECHO DE AUTOR Y DE LOS
DERECHOS CONEXOS.
CAPÍTULO I. DE LA LIMITACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA [ART. 147].
CAPÍTULO II. DE LA LIMITACIÓN A LOS DERECHOS PATRIMONIALES [ARTS. 148
151].
CAPÍTULO III. DEL DOMINIO PÚBLICO [ARTS. 152-153].
TÍTULO SÉPTIMO. DE LOS DERECHOS DE AUTOR SOBRE LOS SÍMBOLOS PATRIOS
Y DE LAS EXPRESIONES DE LAS CULTURAS POPULARES.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ART. 154].
CAPÍTULO II. DE LOS SÍMBOLOS PATRIOS [ARTS. 155-156].
CAPÍTULO III. DE LAS CULTURAS POPULARES [ARTS. 157-161].
TÍTULO OCTAVO. DE LOS REGISTROS DE DERECHOS.
CAPÍTULO I. DEL REGISTRO PÚBLICO DEL DERECHO DE AUTOR [ARTS. 162-172].
CAPÍTULO II. DE LAS RESERVAS DE DERECHOS AL USO EXCLUSIVO [ARTS. 173
191].
TÍTULO NOVENO. DE LA GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS.
CAPÍTULO ÚNICO. DE LAS SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA [ARTS. 192
207].
TÍTULO DÉCIMO. DEL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 208-212].
TÍTULO DECIMOPRIMERO. DE LOS PROCEDIMIENTOS.
CAPÍTULO I. DEL PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDADES JUDICIALES [ARTS. 213
216].
CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO DE AVENENCIA [ARTS. 217-218].
CAPÍTULO III. DEL ARBITRAJE [ARTS. 219-228].
TÍTULO DECIMOSEGUNDO. DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
CAPÍTULO I. DE LAS INFRACCIONES EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR [ARTS.
229-230].
CAPÍTULO II. DE LAS INFRACCIONES EN MATERIA DE COMERCIO [ARTS. 231
236].
CAPÍTULO III. DE LA IMPUGNACIÓN ADMINISTRATIVA [ARTS. 237-238].
TRANSITORIOS.
REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR.
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 1O. 4O.].
TÍTULO SEGUNDO. DEL DERECHO DE AUTOR.
CAPÍTULO I. DEL DERECHO MORAL [ARTS. 50.-7O.].
CAPÍTULO II. DEL DERECHO PATRIMONIAL [ARTS. 8O.-15].
TÍTULO TERCERO. DE LA TRANSMISIÓN DE DERECHOS.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 16-22].
CAPÍTULO II. DEL CONTRATO DE EDICIÓN DE OBRA LITERARIA [ARTS. 23-26].
TÍTULO CUARTO. DE LA PROTECCIÓN AL DERECHO DE AUTOR.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 27-30].
CAPÍTULO II. DE LAS OBRAS FOTOGRÁFICAS, PLÁSTICAS Y GRÁFICAS.
CAPÍTULO III. DE LA OBRA CINEMATOGRÁFICA Y DE LA AUDIOVISUAL [ARTS. 34
35].
CAPÍTULO IV. DE LOS PROGRAMAS DE COMPUTACIÓN Y LAS BASES DE DATOS
[ARTS. 36-37].
TÍTULO QUINTO. DE LAS LIMITACIONES DEL DERECHO DE AUTOR.
CAPÍTULO I. DE LA LIMITACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA [ARTS. 38-43].
CAPÍTULO II. DE LA LIMITACIÓN DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES. [ARTS. 44
46].
TÍTULO SEXTO. DE LOS DERECHOS SOBRE LOS SÍMBOLOS PATRIOS Y LAS CULTURAS
POPULARES.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 47-481.
TÍTULO SÉPTIMO. DE LOS DERECHOS CONEXOS.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 49-52].
TÍTULO OCTAVO. DE LOS REGISTROS.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES A REGISTRO Y RESERVAS [ARTS. 53-56].
CAPÍTULO II. DEL REGISTRO PÚBLICO DEL DERECHO DE AUTOR [ARTS. 57-69].
CAPÍTULO III. DE LAS RESERVAS DE DERECHOS AL USO EXCLUSIVO [ARTS. 70-85].
TÍTULO NOVENO. DE LOS NÚMEROS INTERNACIONALES NORMALIZADOS.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 86-92].
CAPÍTULO II. DEL NÚMERO INTERNACIONAL NORMALIZADO DEL LIBRO [ARTS. 93
98].
CAPÍTULO III. DEL NÚMERO INTERNACIONAL NORMALIZADO PARA
PUBLICACIONES PERIÓDICAS [ARTS. 99-102].
TÍTULO DÉCIMO. DEL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 103-107].
TÍTULO DÉCIMO PRIMERO. DE LA GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS.
CAPÍTULO I. DE LA REPRESENTACIÓN [ARTS. 108-114].
CAPÍTULO II. DE LAS SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA [ARTS. 115-136].
TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO. DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 137-138].
CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO DE AVENENCIA [ARTS. 139-142].
CAPÍTULO III. DEL ARBITRAJE [ARTS. 143-155].
TÍTULO DÉCIMO TERCERO. DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
CAPÍTULO I. DE LAS INFRACCIONES EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR [ARTS.
156-160].
CAPÍTULO II. DE LA SOLICITUD DE INFORMES, VISITAS DE INSPECCIÓN Y
MEDIDAS PRECAUTORIAS Y DE ASEGURAMIENTO [ARTS. 161-165].
CAPÍTULO III. DE LAS TARIFAS [ARTS. 166-173].
TÍTULO DÉCIMO CUARTO. DE LAS INFRACCIONES EN MATERIA DE COMERCIO.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 174-184].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 30. ACUERDO NÚMERO 173 RELATIVO A LAS MENCIONES QUE
DEBEN INCLUIR EDITORES E IMPRESORES EN LAS OBRAS QUE PUBLIQUEN DE
ACUERDO A LA LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR [DO 24 MAR. 1993].
[ARTS. 1O.-2O.].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 31. ACUERDO NÚMERO 199 POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS
DE OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CREADORES DE ARTE [DO 5 SEP.
1994]. [ARTÍCULO ÚNICO].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 32. ACUERDO, POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES EN EL
DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL, PARA CONOCER DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS EN
MATERIA DE COMERCIO, CONFORME A LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR
[DO 2 MAY. 1997]. [ARTS. 1O.-3O.]
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 33. ACUERDO QUE ESTABLECE LA LISTA DE PERSONAS AUTORIZADAS
PARA FUNGIR COMO ÁRBITROS A LAS QUE SE REFIERE EL ART. 221 DE LA LEY
FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR [DO 7 MAY. 1997]. [ARTS. 1O.-2O.].
TRANSITORIOS.
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 34. DE LOS DELITOS EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR [DO 24
DIC. 1996]. [ART. 3O.].
TÍTULO VIGESIMOSEXTO. DE LOS DELITOS EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR
[ARTS. 424-429].
TRANSITORIOS.
ACUERDO NÚM. 250 POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
SISTEMA NACIONAL DE CREADORES DE ARTE. [DO 16 OCT. 1998]. [ARTÍCULO
ÚNICO].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 35. LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL [DO 27 JUN. 1991].
ARTÍCULO PRIMERO [ARTS. 1O.-8O.].
TÍTULO SEGUNDO. DE LAS INVENCIONES, MODELOS DE UTILIDAD Y DISEÑOS
INDUSTRIALES.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES [ARTS. 9O.-14].
CAPÍTULO II. DE LAS PATENTES [ARTS. 15-26].
CAPÍTULO III. DE LOS MODELOS DE UTILIDAD [ARTS. 27-30].
CAPÍTULO IV. DE LOS DISEÑOS INDUSTRIALES [ARTS. 31-37].
CAPÍTULO V. DE LA TRAMITACIÓN DE PATENTES [ARTS. 38-61].
CAPÍTULO VI. DE LAS LICENCIAS Y TRANSMISIÓN DE DERECHOS [ARTS. 62-77].
CAPÍTULO VII. DE LA NULIDAD Y CADUCIDAD DE PATENTES Y REGISTROS [ARTS.
78-82].
TÍTULO TERCERO. DE LOS SECRETOS INDUSTRIALES [ARTS. 83-86 BIS 1].
TÍTULO CUARTO. DE LAS MARCAS Y DE LOS AVISOS Y NOMBRES COMERCIALES.
CAPÍTULO I. DE LAS MARCAS [ARTS. 87-95].
CAPÍTULO II. DE LAS MARCAS COLECTIVAS [ARTS. 96-98].
CAPÍTULO III. DE LOS AVISOS COMERCIALES [ARTS. 99-104].
CAPÍTULO IV. DE LOS NOMBRES COMERCIALES [ARTS. 105-112].
CAPÍTULO V. DEL REGISTRO DE MARCAS [ARTS. 113-135].
CAPÍTULO VI. DE LAS LICENCIAS Y TRANSMISIÓN DE DERECHOS [ARTS. 136
155].
TÍTULO QUINTO. DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN.
CAPÍTULO I. DE LA PROTECCIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN [ARTS. 156
168].
CAPÍTULO II. DE LA AUTORIZACIÓN PARA SU USO [ARTS. 169-178].
TÍTULO QUINTO BIS. DE LOS ESQUEMAS DE TRAZADO DE CIRCUITOS INTEGRADOS
[ARTS. 178 BIS, 178 BIS 1-9].
TÍTULO SEXTO. DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
CAPÍTULO I. REGLAS GENERALES DE LOS PROCEDIMIENTOS [ARTS. 179-186].
CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA [ARTS.
187-199 BIS 8].
CAPÍTULO III. DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN [ARTS. 200-202].
TÍTULO SÉPTIMO. DE LA INSPECCIÓN DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
ADMINISTRATIVAS Y DE LOS DELITOS.
CAPÍTULO I. DE LA INSPECCIÓN [ARTS. 203-212 BIS 2].
CAPÍTULO II. DE LAS FRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS [ARTS. 213
222].
CAPÍTULO III. DE LOS DELITOS [ARTS. 223-229].
ARTÍCULO SEGUNDO.
TRANSITORIOS DO 27 JUN. 1991].
TRANSITORIOS [DO 26 DIC. 1997].
CAPÍTULO 36. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL [DO
23 NOV. 1994].
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 1O.-40.].
CAPÍTULO II. DE LAS SOLICITUDES Y PROMOCIONES [ARTS. 5O.-12].
CAPÍTULO III. DE LAS NOTIFICACIONES [ARTS. 13-15].
CAPÍTULO IV. DE LA REPRESENTACIÓN Y REGISTRO GENERAL DE PODERES [ARTS.
16-17].
CAPÍTULO V. DE LOS EXPEDIENTES [ARTS. 18-21].
TÍTULO SEGUNDO. DE LAS INVENCIONES, MODELOS DE UTILIDAD Y DISEÑOS
INDUSTRIALES.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 22-23].
CAPÍTULO II. DE LAS SOLICITUDES DE PATENTES [ARTS. 24-49].
CAPÍTULO III. DE LAS LICENCIAS OBLIGATORIAS Y DE UTILIDAD PÚBLICA [ARTS. 50
52].
TÍTULO TERCERO.
CAPÍTULO ÚNICO. DE LAS MARCAS, AVISOS Y NOMBRES COMERCIALES [ARTS.
53-68].
TÍTULO CUARTO. DEL PROCEDIMIENTO.
CAPÍTULO I. DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS [ARTS. 69-70].
CAPÍTULO II. INSPECCIÓN Y VIGILANCIA [ARTS. 71-74].
CAPÍTULO III. DE LAS SANCIONES [ARTS. 75-79].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 37. DECRETO POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO MEXICANO DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL [DO 10 DIC. 1993]. [ARTS. 1O.-13].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 38. REGLAMENTO DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL [DO 23 NOV. 1994].
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 1O.-60.].
CAPÍTULO II. DE LOS DIRECTORES Y SUBDIRECTORES ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN
GENERAL DEL INSTITUTO [ART. 7O.].
CAPÍTULO III. DE LAS DIRECCIONES DE ÁREA [ARTS. 8O.-12].
CAPÍTULO IV. DE LAS SUBDIRECCIONES ADSCRITAS A LA DIRECCIÓN GENERAL
[ARTS. 13-14].
CAPÍTULO V. DE LAS SUBDIRECCIONES DE ÁREA Y JEFATURAS DE
DEPARTAMENTO [ART. 15].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 39. ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES EN LOS
DIRECTORES, SUBDIRECTORES, JEFES DE DEPARTAMENTO Y OTROS SUBALTERNOS
DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL [DO 5 DIC. 1994].
[ARTS. 1O.-9O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 40. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PLAZOS MÁXIMOS
DE RESPUESTA A LOS TRÁMITES ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL [DO 10 DIC. 1996] [ARTS. 1O.-3O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 41. LEY FEDERAL DE VARIEDADES VEGETALES [DO 25 OCT. 1996].
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 1O.-3O.].
TÍTULO SEGUNDO. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE OBTENTOR DE
VARIEDADES VEGETALES.
CAPÍTULO I. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL OBTENTOR [ARTS. 40.-7O.].
CAPÍTULO II. DE LA SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DEL TÍTULO DE OBTENTOR
[ARTS. 8O.-18].
CAPÍTULO III. DE LA TRASMISIÓN DE DERECHOS [ARTS. 19-24].
CAPÍTULO IV. DE LAS LICENCIAS DE EMERGENCIA [ARTS. 25-28].
TÍTULO TERCERO. DEL COMITÉ CALIFICADOR DE VARIEDADES VEGETALES.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 29-32].
TÍTULO CUARTO. DEL REGISTRO NACIONAL DE VARIEDADES VEGETALES.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 33-37].
TÍTULO QUINTO. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
CAPÍTULO ÚNICO. [ARTS. 38-47].
TÍTULO SEXTO. DE LAS INFRACCIONES.
CAPÍTULO ÚNICO. [ART. 48].
TRANSITORIOS.
REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE VARIEDADES VEGETALES.
CAPÍTULO I. DEL OBJETO. [ARTS. 1O.-3O.].
CAPÍTULO II. DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS [ARTS. 4O.-10].
CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD [ARTS. 11-17].
CAPÍTULO IV. DE LA CALIFICACIÓN [ARTS. 18-34].
CAPÍTULO V. DE LA CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN [ARTS. 35-37].
CAPÍTULO VI. DEL OTORGAMIENTO Y TRANSMISIÓN DEL TÍTULO DE OBTENTOR
[ARTS. 38-41].
CAPÍTULO VII. DE LAS LICENCIAS DE EMERGENCIA [ARTS. 42-48].
CAPÍTULO VIII. DEL REGISTRO NACIONAL DE VARIEDADES VEGETALES [ARTS. 49
54].
CAPÍTULO IX. DE LA NULIDAD Y REVOCACIÓN [ARTS. 55-59].
CAPÍTULO X. DE LAS VISITAS DE VERIFICACIÓN [ARTS. 60-63].
CAPÍTULO XI. DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES [ARTS. 64-79].
CAPÍTULO XII. DEL ARBITRAJE [ARTS. 80-86].
CAPÍTULO XIII. DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y DEL RECURSO DE
REVISIÓN [ARTS. 87-89].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 42. ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA LISTA DE
INSTITUCIONES RECONOCIDAS POR EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL PARA EL DEPÓSITO DE MATERIAL BIOLÓGICO [DO 30 MAY. 1997].
[ARTS. 1O.-3O.].
TRANSITORIO.
DECRETO PROMULGATORIO DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN
DE LAS OBTENCIONES VEGETALES DE 2 DE DICIEMBRE DE 1961, REVISADO EN
GINEBRA EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1972 Y EL 13 DE OCTUBRE DE 1978. [DO
20 MAY. 1998]. [ARTS. 1O.-42].
CAPÍTULO 43. DECRETO DE PROMULGACIÓN DEL TRATADO DE COOPERACIÓN
EN MATERIA DE PATENTES (PCT) Y SU REGLAMENTO [DO 31 DIC. 1994].
[ARTS. 1O.-2O.].
CAPÍTULO I. SOLICITUD INTERNACIONAL Y BÚSQUEDA INTERNACIONAL [ARTS. 3O.
30].
CAPÍTULO II. EXAMEN PRELIMINAR INTERNACIONAL [ARTS. 31-42].
CAPÍTULO III. DISPOSICIONES COMUNES [ARTS. 43-49].
CAPÍTULO IV. SERVICIOS TÉCNICOS [ARTS. 50-52].
CAPÍTULO V. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS [ARTS. 53-58].
CAPÍTULO VI. DIFERENCIAS [ART. 59].
CAPÍTULO VII. REVISIÓN Y MODIFICACIÓN [ARTS. 60-61].
CAPÍTULO VIII. CLÁUSULAS FINALES [ARTS. 62-69].
PARTE A. REGLAS PRELIMINARES.
PARTE B. REGLAS RELATIVAS AL CAPÍTULO I DEL TRATADO.
PARTE C. REGLAS RELATIVAS AL CAPÍTULO II DEL TRATADO.
PARTE D. REGLAS RELATIVAS AL CAPÍTULO III DEL TRATADO.
PARTE E. REGLAS RELATIVAS AL CAPÍTULO V DEL TRATADO.
PARTE F. REGLAS RELATIVAS A VARIOS CAPÍTULOS DEL TRATADO.
MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO DEL TRATADO DE COOPERACIÓN EN
MATERIA DE PATENTES (PCT).
MODIFICACIONES.
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES EN LOS DIRECTORES DE
PATENTES Y DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Y OTROS SUBALTERNOS
DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, EN MATERIA DE
ESQUEMAS DE TRAZADO DE CIRCUITOS INTEGRADOS. [DO 4 MAY. 1998]. [ARTS.
1O.-4O.].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 44. LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA [DO 27 DIC. 1993].
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO I. DEL OBJETO DE LA LEY [ARTS. 1O. 40.]
CAPÍTULO II. DE LAS ACTIVIDADES RESERVADAS [ARTS. 5O.-6O.].
CAPÍTULO III. DE LAS ACTIVIDADES Y ADQUISICIONES CON REGULACIÓN
ESPECÍFICA [ARTS. 7O.-9O.].
TÍTULO SEGUNDO. DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES Y DE LOS
F
IDEICOMISOS.
CAPÍTULO I. DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES [ARTS. 10-10A].
CAPÍTULO II. DE LOS FIDEICOMISOS SOBRE BIENES INMUEBLES EN ZONA
RESTRINGIDA [ARTS. 11-14].
TÍTULO TERCERO. DE LAS SOCIEDADES. DE LA CONSTITUCIÓN Y MODIFICACIÓN
DE SOCIEDADES [ARTS. 15-16A].
TÍTULO CUARTO. DE LA INVERSIÓN DE PERSONAS MORALES EXTRANJERAS [ARTS.
17-17A].
TÍTULO QUINTO. DE LA INVERSIÓN NEUTRA.
CAPÍTULO I. DEL CONCEPTO DE INVERSIÓN NEUTRA [ART. 18].
CAPÍTULO II. DE LA INVERSIÓN NEUTRA REPRESENTADA POR INSTRUMENTOS
EMITIDOS POR LAS INSTITUCIONES FIDUCIARIAS [ART. 19].
CAPÍTULO III. DE LA INVERSIÓN NEUTRA REPRESENTADA POR SERIES ESPECIALES
DE ACCIONES [ART. 20].
CAPÍTULO IV. DE LA INVERSIÓN NEUTRA EN SOCIEDADES CONTROLADORAS DE
GRUPOS FINANCIEROS, INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE Y CASAS DE BOLSA
[ART. 21].
CAPÍTULO V. DE LA INVERSIÓN NEUTRA REALIZADA POR SOCIEDADES
F
INANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO [ART. 22].
TÍTULO SEXTO. DE LA COMISIÓN NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS.
CAPÍTULO I. DE LA ESTRUCTURA DE LA COMISIÓN [ARTS. 23-25].
CAPÍTULO II. DE LAS ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN [ARTS. 26-27].
CAPÍTULO III. DE LA OPERACIÓN DE LA COMISIÓN [ARTS. 28-30].
TÍTULO SÉPTIMO. DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS
[ARTS. 31-36].
TÍTULO OCTAVO. DE LAS SANCIONES [ARTS. 37-39].
TRANSITORIOS [DO 27 DIC. 1993].
TRANSITORIOS [DO 24 DIC. 1996].
CAPÍTULO 45. REGLAMENTO DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA Y DEL
REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS [DO 8 SEP. 1998].
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 1O.-40.].
TÍTULO SEGUNDO. DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES, LA
EXPLOTACIÓN DE MINAS Y AGUAS, Y DE LOS FIDEICOMISOS.
CAPÍTULO I. DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES [ARTS. 5O.-8O.].
CAPÍTULO II. DE LOS FIDEICOMISOS SOBRE BIENES INMUEBLES EN ZONA
RESTRINGIDA [ARTS. 9O.-12].
TÍTULO TERCERO. DE LAS SOCIEDADES [ARTS. 13-20].
TÍTULO CUARTO. DE LA INVERSIÓN DE PERSONAS MORALES EXTRANJERAS [ART.
21].
TÍTULO QUINTO. DE LA INVERSIÓN NEUTRA.
CAPÍTULO I. DE LA INVERSIÓN NEUTRA REPRESENTADA POR INSTRUMENTOS
EMITIDOS POR LAS INSTITUCIONES FIDUCIARIAS [ART. 22].
CAPÍTULO II. DE LA INVERSIÓN NEUTRA REPRESENTADA POR SERIES ESPECIALES
DE ACCIONES [ART. 23].
CAPÍTULO III. DE LA INVERSIÓN NEUTRA REALIZADA POR SOCIEDADES
F
INANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO [ARTS. 24-25].
TÍTULO SEXTO. DE LA COMISIÓN NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS
[ARTS. 26-29].
TÍTULO SÉPTIMO. DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS.
CAPÍTULO I. DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO, Y DE LAS INSCRIPCIONES
EN GENERAL [ARTS. 30-36].
CAPÍTULO II. DE LA INSCRIPCIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS, PERSONAS MORALES
EXTRANJERAS Y DE LAS SOCIEDADES MEXICANAS [ARTS. 37-40].
CAPÍTULO III. DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS FIDEICOMISOS [ARTS. 41-42].
CAPÍTULO IV. DE LAS DISPOSICIONES COMUNES AL REGISTRO [ARTS. 43-46].
TÍTULO OCTAVO. DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS [ARTS. 47-49].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 46. RESOLUCIÓN GENERAL NÚMERO 1, QUE DETERMINA EL MONTO
ACTUALIZADO DEL VALOR TOTAL DE LOS ACTIVOS A QUE HACE REFERENCIA EL ART.
9O. DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA [DO 19 FEB. 1997]. REGLA ÚNICA.
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 47. ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LOS FORMATOS QUE
DEBERÁN UTILIZARSE PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS AVISOS A QUE SE REFIEREN
LOS ARTS. 10, FRAC. I Y 16 DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA [DO 6 MAR.
1997]. [ART. 1O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 48. PRIMERA LISTA DE MUNICIPIOS Y DELEGACIONES TOTALMENTE
UBICADOS FUERA DE LA ZONA RESTRINGIDA QUE SEÑALA LA FRAC. I DEL ART. 27
CONSTITUCIONAL [DO 26 SEP. 1996].
CAPÍTULO 49. ACUERDO DESREGULATORIO DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES [DO 28 OCT. 1996]. [ARTS. 1O.-5O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 50. ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS FORMAS PARA
TRÁMITE ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS [DO 21
AB. 1997]. [ARTS. 1O.-3O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 51. ACUERDO POR EL QUE SE LE FACULTA A LA DIRECCIÓN GENERAL
DE INVERSIÓN EXTRANJERA PARA FUNGIR COMO LUGAR DE ENTREGA DE
NOTIFICACIONES Y OTROS DOCUMENTOS, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO
EN EL ART. 1137.2 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
[DO 12 JUN. 1996]. [ARTS. 1O.-2O.].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 52. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA SECCIÓN MEXICANA
DEL SECRETARIADO DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO Y SE LE ADSCRIBEN
LAS ÁREAS QUE SE INDICAN [DO 19 JUL. 1996]. [ARTS. 1O.-3O.].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 53. REGLAMENTO INTERNO DE LOS COMITÉS CONSULTIVO
NACIONAL Y GUBERNAMENTAL DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN LABORAL DE
AMÉRICA DEL NORTE [DO 12 SEP. 1996].
CAPÍTULO I. OBJETO Y DEFINICIONES [ARTS. 1O.-2O.].
CAPÍTULO II. DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL [ARTS. 3O. 4O.].
CAPÍTULO III. DEL COMITÉ GUBERNAMENTAL [ARTS. 50.-6O.].
CAPÍTULO IV. REGLAS COMUNES PARA AMBOS COMITÉS [ARTS. 7O.-13].
TRANSITORIO.
CAPÍTULO 54. CIRCULAR NÚMERO R.E.-1 EN LA QUE SE DETALLAN LAS REGLAS
A LAS QUE SE SUJETARÁ EL INGRESO TEMPORAL DE PERSONAS DE NEGOCIOS, DE
CONFORMIDAD CON EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO PARA AMÉRICA DEL
NORTE (TLCAN) [DO 30 NOV. 1994].
CAPÍTULO 55. CIRCULAR NÚMERO 03/95 MEDIANTE LA CUAL SE DAN A
CONOCER REGLAS A LAS QUE SE SUJETARÁ EL INGRESO TEMPORAL DE PERSONAS
DE NEGOCIOS DE CONFORMIDAD CON EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE
MÉXICO Y BOLIVIA (TLCMEXBOL) [DO 12 AB. 1995].
CAPÍTULO 56. CIRCULAR NÚMERO 04/95 MEDIANTE LA CUAL SE DAN A
CONOCER REGLAS A LAS QUE SE SUJETARÁ EL INGRESO TEMPORAL DE PERSONAS
DE NEGOCIOS DE CONFORMIDAD CON EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE
MÉXICO, COLOMBIA Y VENEZUELA [TLCG3] [DO 21 AB. 1995].
CAPÍTULO 57. CIRCULAR NÚMERO 06/95 EN LA QUE SE DETALLAN LAS REGLAS
A LAS QUE SE SUJETARÁ EL INGRESO TEMPORAL DE EXTRANJEROS QUE
CONTRIBUYAN A LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES, FINANCIERAS,
DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y OTRAS DE CARÁCTER ECONÓMICO QUE
BENEFICIEN AL PAÍS, MEDIANTE LA FORMA MIGRATORIA FMVC, DE LOS PAÍSES
QUE SE INDICAN EN EL ANEXO I [DO 28 JUL. 1995].
CAPÍTULO 58. CIRCULAR NÚMERO 07/95 POR LA QUE SE DA A CONOCER LA
FORMA MIGRATORIA FMVC PARA LOS EXTRANJEROS QUE INGRESEN
TEMPORALMENTE AL TERRITORIO NACIONAL, DE LOS PAÍSES QUE SE INDICAN EN
EL ANEXO I DE LA CIRCULAR 06/95, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN EL DÍA 28 DE JULIO DE 1995, Y SE FIJAN LAS REGLAS PARA SU
DISTRIBUCIÓN Y LLENADO [DO 14 AGO. 1995].
CAPÍTULO 59. CIRCULAR NÚMERO RE-15 POR LA QUE SE ACUERDA OTORGAR
NUEVAS REGLAS DE INTERNACIÓN A LOS NACIONALES DE ESLOVENIA COMO
TURISTAS,
TRANSMIGRANTES, VISITANTES, CONSEJEROS Y VISITANTES
DISTINGUIDOS EN LA CALIDAD DE NO INMIGRANTE [DO 19 AGO. 1996].
CAPÍTULO 60. CIRCULAR NÚMERO RE-16 POR LA QUE SE ACUERDAN NUEVAS
REGLAS DE INTERNACIÓN A LOS NACIONALES DE HUNGRÍA COMO TURISTAS,
TRANSMIGRANTES, VISITANTES, CONSEJEROS Y VISITANTES DISTINGUIDOS EN LA
CALIDAD DE NO INMIGRANTE [DO 19 AGO. 1996].
CAPÍTULO 61. CIRCULAR NÚMERO RE-17 POR LA QUE SE ACUERDA OTORGAR
NUEVAS REGLAS DE INTERNACIÓN A LOS NACIONALES DE POLONIA COMO
TURISTAS,
TRANSMIGRANTES, VISITANTES, CONSEJEROS Y VISITANTES
DISTINGUIDOS EN LA CALIDAD DE NO INMIGRANTE [DO 19 AGO. 1996].
CAPÍTULO 62. CIRCULAR NÚMERO RE-18 POR LA QUE SE ACUERDA OTORGAR
NUEVAS REGLAS DE INTERNACIÓN A LOS NACIONALES DE REPÚBLICA CHECA
COMO TURISTAS, TRANSMIGRANTES, VISITANTES, CONSEJEROS Y VISITANTES
DISTINGUIDOS EN LA CALIDAD DE NO INMIGRANTE [DO 19 AGO. 1996].
CAPÍTULO 63. CIRCULAR NÚMERO RE-19 POR LA QUE SE ACUERDA OTORGAR
NUEVAS REGLAS DE INTERNACIÓN A LOS NACIONALES DE REPÚBLICA ESLOVACA
COMO TURISTAS, TRANSMIGRANTES, VISITANTES, CONSEJEROS Y VISITANTES
DISTINGUIDOS EN LA CALIDAD DE NO INMIGRANTE [DO 19 AGO. 1996].
CAPÍTULO 64. ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO ASESOR
ESPECIALIZADO EN ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
COMO UN ÓRGANO PERMANENTE DE CONSULTA Y ASESORÍA DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE RELACIONES INTERNACIONALES [DO 18 NOV.
1996]. [ARTS. 1O.-7O.].
TRANSITORIOS.
CAPÍTULO 65. CÓDIGO DE COMERCIO.
TÍTULO CUARTO. DEL ARBITRAJE COMERCIAL.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [ARTS. 1415-1422].
CAPÍTULO II. ACUERDO DE ARBITRAJE [ARTS. 1423-1425].
CAPÍTULO III. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL [ARTS. 1426-1431].
CAPÍTULO IV. COMPETENCIA DEL TRIBUNAL ARBITRAL [ARTS. 1432-1433].
CAPÍTULO V. SUSTANCIACIÓN DE LAS ACTUACIONES ARBITRALES [ARTS. 1434
1444].
CAPÍTULO VI. PRONUNCIAMIENTO DEL LAUDO Y TERMINACIÓN DE LAS
ACTUACIONES [ARTS. 1445-1451].
CAPÍTULO VII. DE LAS COSTAS [ARTS. 1452-1456].
CAPÍTULO VIII. DE LA NULIDAD DEL LAUDO [ARTS. 1457-1460].
CAPÍTULO IX. RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAUDOS [ARTS. 1461-1463].
CAPÍTULO 66. REGLAS SOBRE EL REGISTRO NACIONAL DE REASEGURADORAS
EXTRANJERAS PARA TOMAR REASEGURO Y REAFIANZAMIENTO DEL PAÍS [DO 26
JUL. 1996].
TRANSITORIAS.
CAPÍTULO 67. GUÍA DE REQUISITOS PARA TRÁMITES MIGRATORIOS.
CAPÍTULO I. LA CALIDAD DE NO INMIGRANTE Y SUS TRÁMITES.
CAPÍTULO II. LA CALIDAD DE INMIGRANTE Y DE INMIGRADO Y SUS TRÁMITES.
CAPÍTULO III. TRÁMITES GENERALES.
CAPÍTULO IV. PAGO DE DERECHOS POR SERVICIOS MIGRATORIOS [ARTS. 5O., 8O.
11, 13-14A, 22].
CAPÍTULO V. LLENADO DE FORMAS MIGRATORIAS.
INSTRUCTIVO CONJUNTO.
CAPÍTULO 68. GUÍA DE FORMATOS Y REQUISITOS PARA LOS TRÁMITES QUE SE
REALIZAN ANTE LA DIRECCIÓN DE INMIGRANTES E INMIGRADOS DEL INSTITUTO
NACIONAL DE MIGRACIÓN.
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