Marc 21
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001 |
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2316 |
003 |
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BJ |
005 |
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27112024160122 |
006 |
$m |
27112024160122 |
020 |
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958-616-264-8 |
082 |
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PENA 894 |
090 |
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1/1 BIJUVA |
100 |
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SCHÖNE, WOLFGANG |
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$q |
WOLFGANG SCHÖNE |
110 |
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COLOMBIA: UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMOBIA |
245 |
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IMPRUDENCIA, TIPO Y LEY PENAL |
250 |
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1ª ed., (1ª reimpresión) |
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$b |
Incluye portada |
260 |
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COLOMBIA : UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA. CENTRO DE INVESTIGACIONES DE DERECHO PENAL Y FILOSOFÍA DEL DERECHO; 1996. |
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$a |
COLOMBIA |
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$b |
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA. CENTRO DE INVESTIGACIONES DE DERECHO PENAL Y FILOSOFÍA DEL DERECHO |
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$c |
1996 |
300 |
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47 p. 21 cm.. |
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$a |
47 p. |
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$c |
21 cm. |
490 |
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CUADERNOS DE CONFERENCIAS Y ARTÍCULOS N.º 2 |
500 |
$3 |
1 |
520 |
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Vale la pena recordar que Hilde Kaufmann en uno de sus primeros trabajos se ocupó de un tema de dogmática penal que actualmente modificado en alguna forma ha cobrado renovado interés: la relación entre ley penal y tipo, y sus consecuencias para la punibilidad. En ese entonces, de lo que
se trataba era de analizar la tesis de que un precepto penal como el § 240, StGB, se contraponía a la teoría de la culpabilidad. El resultado de esa investigación, en mi opinión, hoy continúa siendo válido: las dificultades se originan en que el legislador, con su ley penal, sólo ha cumplido en forma
imperfecta la misión de describir la conducta típica y ha delegado en el intérprete la tarea de determinar los límites del tipo. Pero si este tipo "abierto "es 'cerrado" partiendo del caso particular y con efectos para todos aquellos casos con características similares, entonces, la ausencia de representación de la existencia de las circunstancias del tipo "reelaborado", puede ser clasificada sin dificultad como defecto en el dolo (= error de tipo) y la ausencia de representación del no estar permitida su realización, como defecto dela conciencia de la antijuridicidad (= error de prohibición), y
ser tratados conforme a la teoría de la culpabilidad. Formulado
en forma general: algunos problemas para la comprensión y
manejo de los presupuestos de la punibilidad no son de naturaleza dogmática sino legislativa, de lo que se trata es de las consecuencias de la dificultad de describir la conducta penalmente relevante en forma tal que la ley penal corresponda tanto con la compresión de la estructura del crimen, como con las exigencias del precepto constitucional nullum crimen sine lege stricta. |
521 |
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Cualquier público |
546 |
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Español |
650 |
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DERECHO; DERECHO PENAL; LA IMPRODUCENCIA; EL TIPO; LA LEY PENAL |
700 |
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ZIFFER, PATRICIA S. (Traductora) |
850 |
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Biblioteca Jurídica |