La publicidad de las normas es un principio consustancial al derecho escrito, y de ahí que la obligatoriedad de las normas se base en su publicidad, como presupuesto democrático indispensable para su exequibilidad. La Constitución boliviana no es ajena a este principio y, por lo mismo, que todo instrumento de carácter normativo es de esperarse se ha publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia. Sin embargo, no ocurre ello con los instrumentos internacionales. En el caso de estos, la Gaceta se limita a publicar la ley de su ratificación Y aunque esta manda a cumplir como ley de la República el instrumento ratificado, no puede decirse que con ellos se cumpla la exigencia constitucional de su publicación. Tanto esto es así, que en el derecho comparado más de una vez los órganos de control de la constitucionalidad han declarado la inexequibilidad de un instrumento internacional en el derecho interno, precisamente por su falta de publicidad, aún cuando correctamente sus escritos y en vigor entre Estados. Esta compilación no pretende sustituir ni enmendar la labor de la Gaceta, sino solo secularizar. Y es por ese puro afán secularizador que aquí se presentan 28 instrumentos de medio ambiente, 22 de género y 12 generacionales.
L
DESCRIPCIÓN | CONTENIDO |
Nº de control | 00001051 |
Autor | ANDALUZ, HORACIO; (Complilador) |
Título | LEGISLACIÓN INTERNACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE, DE GÉNERO Y GENERACIONAL |
Editorial | Gisvol Impresión y Diseño |
Páginas | 694 p. |
Idioma | Español |
Lugar | La Paz - Bolivia |
Resumen |
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ISBN | 99905-42-10-4 |
Materias | |
Ítem en Biblioteca | Biblioteca Jurídica |
Ejemplares | 1 |