La transferencia de la propiedad mediante el traspaso de la posesión. La tradición en el Código Civil, es para ROCA SASTRE, un acto de traspaso posesorio de poder, o sea, una simple entrega de la cosa transferida, que se puede efectuar corporalmente o por medios que equivalgan a una congruente atribución y toma de posesión en concepto de dueño. La tradición, en el CC, tiene la consistencia de un simple modus, y más que un negocio jurídico, es un acto real. Cuando se trata de una adquisición derivativa del dominio nuestro derecho positivo sigue el sistema fundado en la teoría del título y el modo (art. 609, CC). «La tradición consiste en la entrega de la posesión de un bien por los antiguos poseedores a los nuevos» (art. 531.2, CC de Cataluña). «La tradición de un bien se produce cuando es entregado a los adquirentes y éstos toman posesión del mismo con el acuerdo de los transmitentes» (art. 531.4, núm. 1, del citado CC). «La tradición, realizada como consecuencia de determinados contratos, comporta la transmisión y adquisición de la propiedad y de los demás derechos reales posesorios» (art. 531.3, del referido cuerpo legal).
DESCRIPCIÓN | CONTENIDO |
Nº de control | 00002396 |
Autor | GNZALEZ GUTIERREZ, FRANCISCO |
Título | FORMULARIO DE DERECHOS REALES Y REGISTRO DE LA PROPIEDA |
Editorial | COMARES S.L. |
Año | 1996 |
Páginas | 536 p. |
Idioma | Español |
Lugar | Granada - España |
Resumen |
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ISBN | 84/8151-408-X |
Materias | |
Ítem en Biblioteca | Biblioteca Jurídica |
Ejemplares | 4 |