La objeción de conciencia ha sido legalizada con bastante retraso en nuestro ordenamiento jurídico. La ley orgánica reguladora de la objeción de conciencia y de la prestación social sustitutoria es de 26 de diciembre de 1984;es promulgada, por consiguiente, nada menos que seis años después de la Constitución, a pesar de que el tema de la objeción de conciencia era de los más candentes y necesitados de un urgente tratamiento jurídico para remediar la evidente situación de injusticia en que se encontraban un número considerable de objetores.